El error más común en la música es creer que una canción es una única entidad legal. En realidad, cada canción que se graba y publica genera dos conjuntos de derechos de autor que deben ser gestionados, licenciados y pagados de forma independiente.
1. Derecho de Autor de la Obra (Publishing / Composición)
Este derecho protege el acto creativo de la composición.
¿Qué protege? La obra subyacente: la melodía, la armonía, la estructura musical, la letra y la partitura. Es el esqueleto de la canción.
Propietario Típico: El Compositor o Autor de la música y la letra.
Administración: Generalmente es administrado por una Editorial Musical (Publisher). El compositor puede ceder los derechos de administración y/o una parte de la propiedad a esta editorial a cambio de servicios de gestión y explotación.
Royalties que genera: Royalties Editoriales (Mecánicos, de Ejecución Pública, de Sincronización).
Identificación: Se identifica mediante un código único llamado ISWC (International Standard Musical Work Code).
2. Derecho de Autor de la Grabación Maestra (Master Right)
Este derecho protege el sonido específico, fijo en un soporte, que resulta de la interpretación y producción de la obra.
¿Qué protege? La grabación de audio tal como fue producida, mezclada y masterizada. Es el sonido final que escuchamos.
Propietario Típico: El Sello Discográfico (Record Label) o, en el caso de artistas independientes, el propio Artista/Productor que financió y posee el archivo de audio.
Administración: Administrado por el sello discográfico o por la distribuidora digital si el artista es independiente.
Royalties que genera: Royalties de la Grabación (Ventas físicas/digitales, Streaming, y derechos conexos de comunicación digital).
Identificación: Se identifica mediante un código único llamado ISRC (International Standard Recording Code).